¿Qué es el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo ?
El Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo es el seguro por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales creado por la Ley 26790 (de Modernización de la Seguridad Social en Salud) que reemplaza al seguro por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (SEGATEP) de la Ley 18846 (derogada) que amparaba exclusivamente a los trabajadores obreros y era administrado por el IPSS, ahora EsSalud.
¿Quiénes están amparados bajo éste seguro ?
Están amparados bajo el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo la totalidad de trabajadores del centro de trabajo de riesgo, determinado como tal por ley, en el cual se desarrollan las actividades de riesgo, sean empleados u obreros, temporales o permanentes.
¿Cómo considera la ley a un centro de trabajo ?
Se considera centro de trabajo de riesgo al establecimiento de la entidad empleadora en el que se ubican las unidades de producción en las que se realizan las actividades de riesgo (inherentes a las actividades descritas en el anexo N° 5 del Decreto Supremo N° 009-97-SA). Incluye a las unidades administrativas y de servicios que, por su proximidad a las unidades de producción, exponen al personal al riesgo de accidentes de trabajo o enfermedad profesional.
Actividades comprendidas dentro del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo
Todas las empresas que desarrollan alguna de las actividades indicadas a continuación están obligadas a contar con este seguro:
|
|
|
No hay comentarios:
Publicar un comentario