domingo, 28 de junio de 2009

¿QUE ES GATT, FMI Y BM?

GATT

El GATT, acrónimo de General Agreement on Tariffs and Trade (Acuerdo general sobre comercio y aranceles) es un tratado multilateral, creado en la Conferencia de La Habana, en 1947, firmado en 1948, por la necesidad de establecer un conjunto de normas comerciales y concesiones arancelarias, y está considerado como el precursor de la Organización Mundial de Comercio. El GATT era parte del plan de regulación de la economía mundial tras la Segunda Guerra Mundial, que incluía la reducción de aranceles y otras barreras al comercio internacional.

El funcionamiento del GATT se basa en las reuniones periódicas de los estados miembros, en las que se realizan negociaciones tendentes a la reducción de aranceles, según el principio de reciprocidad. Las negociaciones se hacen miembro a miembro y producto a producto, mediante la presentación de peticiones acompañadas de las correspondientes ofertas.

FMI

El Fondo Monetario Internacional o FMI como idea fue planteado el 22 de julio de 1944 durante una convención de la ONU en Bretton Woods, New Hampshire, Estados Unidos; y su creación como tal fue en 1945. Sus estatutos declaran como objetivos principales la promoción de políticas cambiarias sostenibles a nivel internacional, facilitar el comercio internacional y reducir la pobreza.

Cabe destacar, además de las diferentes políticas reguladoras y conciliadoras a nivel internacional, el establecimiento del patrón oro/dólar. Dicho patrón equiparaba el valor de las divisas a una cierta cantidad de dólares (tal y como se hace en la actualidad) pero siempre a un tipo fijo (es decir, en aquellos años no había variaciones en este aspecto entre los países regulados por el FMI) Esa medida, que es una de las causas primeras de la creación del FMI, se mantendría en vigor hasta la crisis de 1973; cuando fue derogada la cláusula que regía las regulaciones monetarias en ese aspecto.

Forma parte de los organismos especializados de las Naciones Unidas, siendo una organización intergubernamental que cuenta con 185 miembros. Actualmente tiene su sede en Washington, D.C. y su actual Director Gerente es el francés Dominique Strauss-Kahn, desde el 28 de septiembre de 2007, año en que sustituyó al español Rodrigo Rato.



BM

El Banco Mundial, abreviado como BM, es uno de los organismos especializados de las Naciones Unidas. Su propósito declarado es reducir la pobreza mediante préstamos de bajo interés, créditos sin intereses a nivel bancario y apoyos económicos a las naciones en desarrollo. Está integrado por 185 países miembros. Fue creado en 1944 y tiene su sede en la ciudad de Washington, Estados Unidos.

En 1944, en el marco de las negociaciones previas al término de la Segunda Guerra Mundial, nace lo que a la fecha se conocería como el sistema financiero de Bretton Woods (llamado así por el nombre de la ciudad en New Hampshire, sede de la conferencia donde fue concebido) integrado por dos instituciones, fundamentales para entender las políticas de desarrollo que tuvieron lugar a partir de la segunda mitad del siglo XX: el Banco Internacional para la Reconstrucción y el Desarrollo (BIRD) y el Fondo Monetario Internacional (FMI).

Concebido el primero, en un principio, con el fin de ayudar a las naciones europeas en la reconstrucción de las ciudades durante la posguerra, poco a poco fue ampliando sus funciones, creándose más organismos que funcionarían paralelamente a este, integrando lo que hoy conocemos como el Grupo del Banco Mundial (GBM).


¿QUE ES INCOTERMS?

El propósito de los " INCOTERMS " es el de establecer unas reglas para el uso y la interpretación de los términos más usados en el transporte internacional.

De esta manera el número de malentendidos o interpretaciones erróneas pueden ser reducido.

Es común que las diferentes partes de un contrato internacional no estén al tanto de las diversas prácticas comerciales de los otros países, esto puede llevar a malentendidos y disputas entre el proveedor y el cliente. Para tratar de reducir la incidencia de este tipo de problema, la Cámara de Comercio Internacional establecido en 1936 una serie de reglas para la interpretación de los términos comerciales conocidos como los "INCOTERMS 1936". Estos han sido cambiados 5 veces, la última revisión se produjo en 2000.

IMPORTANCIA DE LOS INCOTERMS

Importancia de los Incoterms en las transacciones internacionales.

La globalización de los mercados internacionales ha impulsado de manera dinámica la venta de mercancías en más países y en mayores cantidades, es así como a medida que aumenta el volumen y la complejidad de las ventas, también crecen las posibilidades de malentendidos y litigios costosos cuando no se especifican de forma clara y precisa las obligaciones y riesgos de las partes.

Por ello, el adecuado uso y aplicación de los Incoterms, en las transacciones internacionales propenden en gran medida por:

Facilitar la gestión de toda operación en comercio internacional, delimitar claramente las obligaciones de las partes disminuir el riesgo por complicaciones legales, y establecer unas reglas internacionales para la interpretación de los términos comerciales más utilizados.

La idea de lograr un lenguaje internacional para los términos comerciales, nació en 1919. Se han modificado en la medida que el comercio y el transporte han evolucionado. En el curso de su historia la Cámara de Comercio Internacional ha efectuado siete ajustes, el último de ellos en el año 2000.

En estos ya se contemplan las transacciones comerciales a través de la comunicación electrónica.

Los Incoterms regulan cuatro grandes problemas que soporta toda transacción comercial:

1. La entrega de la Mercancía
2. Transferencia de Riesgos
3. Distribución de Gastos
4. Trámites documentales

De esta forma, en caso de conflicto quedan claramente establecidas las responsabilidades y obligaciones de las partes que intervienen en la operación.

Estas reglas son de aceptación voluntaria por cada una de las partes y pueden ser incluidas en el contrato de compraventa internacional.

¿QUE ES DUMPING?

El dumping es la práctica de comercio en el que una empresa fija un precio inferior para los bienes exportados que para los mismos bienes vendidos en el país. Sólo puede producirse si se dan dos condiciones: la industria debe ser competencia imperfecta a fin de que las empresas puedan fijar los precios, y los mercados deben estar segmentados, por lo que los residentes nacionales no puede comprar fácilmente bienes dedicados a la exportación. Es un tipo de discriminación de precios de tercer grado.

Motivos que llevan a una empresa a realizar dumping

Esta práctica es aparentemente perjudicial para una empresa, pues en principio, cada venta produce un perjuicio económico para la misma.

Sin embargo, el dumping provoca que las empresas que operan en el mismo mercado no puedan competir con el precio y calidad de los bienes en cuestión, y a largo plazo quiebren. De esta manera la empresa que realiza el dumping se hace con el mercado de ese producto o servicio.

Por otra parte, en algunas ocasiones, los gobiernos establecen subvenciones (subsidios) a las exportaciones de ciertos productos a un país extranjero concreto. Lo que provoca que pueda ser rentable tal exportación del producto a un precio por debajo de costo.

Condiciones en las que puede realizarse dumping

Los diversos mercados deben estar separados entre sí. Esta separación puede ser geográfica, con murallas arancelarias o por otro tipo de obstáculos al comercio. De esta forma no es posible comprar el producto en el mercado más barato y posteriormente revenderlo en el mercado más caro ni trasladarse al mercado más barato para comprar a un precio menor, es decir nos encontramos en una situación que imposibilite lo que en términos económicos denominaríamos "arbitraje".

Tipos de dumping

Esporádico

El dumping esporádico es una discriminación ocasional de precios provocada por la existencia de excedentes en la producción de un mercado doméstico, por lo que el productor, para no desequilibrar su mercado interno, y a su vez evitar los costos financieros implícitos, desvía estos excedentes al mercado internacional a precio por debajo de coste. Sería comparable a las ventas por liquidación. Este tipo de dumping aumenta el bienestar potencial del país importador.

Predatorio

Es clasificado como práctica desleal de competencia y como la forma más dañina de dumping. Consiste en la venta por parte del exportador de la producción en el mercado externo, logrando una pérdida, pero ganando acceso al mismo y excluyendo así la competencia. Posteriormente aumenta el nuevo precio para obtener ganancias monopólicas. Es decir, el dumper logra una pérdida inicialmente, ya que espera alcanzar una ganancia a largo plazo.

Persistente

Está basado en políticas maximizadoras de ganancias por un monopolista que se percata de que el mercado nacional y extranjero están desconectados debido a costos de transporte, barreras, aranceles entre otros.

La legislación antidumping

El dumping está considerado como una práctica desleal del comercio internacional que puede ser denunciada ante las autoridades investigadoras del país importador con el objeto de que inicie una investigación y en su caso determine las medidas oportunas. En el caso de que un país exportador no este de acuerdo con las medidas antidumping impuestas por otro estado, podrá acudir a los mecanismos de solución de controversias establecidos en la Organización Mundial de Comercio.

Para que se dé curso a una acusación de dumping existen dos aspectos que deben darse acumulativamente, es decir, primero que exista daño en la industria nacional, y por otro lado, que exista una relación causal entre el daño y los menores precios cobrados al importador.

¿QUE ES MERCOSUR?

El MERCOSUR fue constituido por los Gobiernos de la República Argentina, República Federativa del Brasil, República del Paraguay y República Oriental del Uruguay, mediante la firma del Tratado de Asunción, el 26 de marzo de 1991.

El Mercado Común del Sur o MERCOSUR, es un bloque comercial cuyos propósitos son promover el libre intercambio y movimiento de bienes, personas y capital entre los países que lo integran, y avanzar a una mayor integración política y cultural entre sus países miembros y asociados.

Sus Estados Partes son Argentina, Brasil, Paraguay, y Uruguay. Cabe mencionarse que el 4 de julio de 2006 se ha suscrito un Protocolo de Adhesión mediante el cual Venezuela se constituye como Estado Parte. No obstante este instrumento de adhesión aún no ha entrado en vigor debido a que a la fecha no ha sido ratificado por todos los parlamentos de los firmantes, por lo que su vinculación legal al bloque sigue siendo como Estado Asociado. Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador y Perú también tienen estatus de estado asociado.

Los países miembros consideran que su fecha de creación fue el 30 de noviembre de 1985, fecha de la Declaración de Foz de Iguazú que puso en marcha elproceso. Sin embargo, el nombre le fue asignado el 26 de marzo de 1991 por el Tratado de Asunción, en tanto que su existencia como persona jurídica de Derecho Internacional fue decidida en el Protocolo de Ouro Preto, firmado el 16 de diciembre de 1994, pero que recién entró en vigencia el 15 de diciembre de 1995. El Protocolo de Ouro Preto estableció un arancel externo común y desde 1999 existe una zona libre de aranceles entre sus integrantes con la sola excepción del azúcar y el sector automotriz. La Unión Aduanera se encuentra aún en proceso de construcción. El MERCOSUR es el mayor productor de alimentos del mundo.

TLC CON CHINA

El Tratado de Libre Comercio (TLC) que firmarán Beijing y Lima es fruto de “una relación madura y complementaria pues China necesitará en 30 o 40 años los minerales que Perú tiene y ofrecerá tecnología electrónica, de comunicaciones e infraestructuras”, dijo a EFE el embajador peruano en Beijing, Jesús Wu Luy.

“Nuestro objetivo es normalizar las relaciones con un aliado tradicional, origen de la emigración de siglos al Perú desde provincias comerciantes como Shanghai, Shandong o Cantón, lo que permitirá capitalizar los contactos por el mejor entendimiento cultural”, dijo Wu, perteneciente a la tercera generación de emigrantes chinos.

Según el embajador, que tras la firma regresará al mundo empresarial del que procede, “hemos logrado el TLC más completo por la decisión estratégica de los presidentes Hu Jintao y Alan García”.

“Ahora, los diplomáticos profesionales deberán ejecutar los importantes acuerdos alcanzados también en ciencia y tecnología, lucha contra la pobreza, asistencia judicial contra la corrupción, medicina tradicional o turismo”, añadió.

El TLC chino-peruano “es integral” y abarca desde el comercio de bienes, al de servicios, defensa comercial, medidas sanitarias y fitosanitarias, solución de controversias, propiedad intelectual o asuntos institucionales.

El proceso de revisión legal en castellano, chino e inglés, culminó apenas hace una semana y a la firma del segundo TLC de China con un país de América Latina, después de Chile, asistirán hoy el vicepresidente, el vicealmirante Luis Giampietri, y la ministra de Comercio Exterior y Turismo, Mercedes Aráoz.

Giampietri se reunirá con su homólogo chino, Xi Jingping, e invitará a los directivos de corporaciones chinas a aumentar su inversión en sectores prioritarios del Plan de Estímulo Económico (García desea elevar los 7.307 millones de dólares de 2008, el 37% más que en 2007, a 15.000 millones en 2015).

Empresas como Chinalco, Shougang y Zijin estudian aumentar sus inversiones hasta los 4.500 millones de dólares.

Giampietri y Aráoz se reunirán también con el ministro chino de Comercio, Chen Deming. “El tratado permite una mayor inversión en minería y energía tanto eléctrica, como eólica, petróleo, gas e infraestructuras con carreteras y puertos necesarias a las explotaciones”, manifestó Wu.

“También en el sector pesquero pueden comenzar a producir pues China es el primer comprador de harina de pescado, que utiliza como alimentación animal y en piscifactorías”, destacó.

Orgullo del embajador Wu son el Acuerdo en Cooperación Aduanera, “el primero que firma China” o lucha contra la pobreza, con programas como el cultivo del gusano de seda, que completan el TLC.

“Para que ambas partes no se perjudiquen impositivamente, se permitirá a ambas autoridades aduaneras consultar durante 90 días el origen y el valor de cada exportación, a fin de evitar el delito aduanero que es la subvaloración del producto”, indicó Wu.

“Esa práctica de importación declarada por debajo del coste, no sólo impide la competencia nacional sino recaudar menos impuestos si por ejemplo en el caso chino los importadores declaran menor precio de productos forestales o de harina de pescado”, precisó el embajador.

El impacto en el PIB peruano del acuerdo negociado durante más de un año y que deja en tratamiento arancelario regular partidas sensibles como textiles, zapatos y pequeña maquinaria, será del 1%, según Lima.

El Perú y China registraron los mayores crecimientos económicos en 2008, del 9,84 y 9%, respectivamente, con un aumento de los intercambios del 47% respecto al 2006 y de las ventas peruanas no tradicionales (moliteno, estaño o plomo) del 44,5% y del 21,9% en las tradicionales (frutas, harina de pescado y semi-industriales).

China es el segundo destino de las exportaciones peruanas, tras EEUU con ventas en 2008 por 3.738 millones de dólares (el 12% del total) e importaciones por 3.569 millones de dólares (aumento anual del 52%), según Lima.

Beijing dijo que “el TLC impulsará más el comercio e inversión bilaterales, y ayudará a China y América Latina, incluido el Perú, a afrontar de forma conjunta la crisis financiera internacional”.

China tiene suscrito en la actualidad un TLC con Chile y negocia con Costa Rica otro, que sería el tercero con América Latina.


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TLC CON EE.UU

En primer lugar, habría que reconocer que el Tratado de Libre Comercio con EE.UU. es un medio, no un fin en sí mismo, para favorecer el crecimiento económico. De la misma manera, el TLC por sí solo no es suficiente ni garantiza el desarrollo del país si es que no se da otro conjunto de condiciones que permitan consolidar un entorno competitivo para las empresas y favorable para las inversiones privadas.

El TLC permitiría mantener el ritmo de crecimiento de las exportaciones peruanas a EE.UU., que vienen ingresando de manera preferencial al mercado americano a través del APTDEA. Las limitaciones de temporalidad, condicionamientos, unilateralidad y cobertura de productos, nos impulsan a lograr un acuerdo que haga permanente, que amplíe y que consolide estos beneficios.

El TLC permitiría, también, impulsar las inversiones de EE.UU. y de otros países que verían en el Perú una puerta de entrada a la gran economía estadounidense, pero sobre todo nos forzaría a avanzar en fortalecer nuestras instituciones, como el Poder Judicial, los organismos reguladores e Indecopi, entre otras instituciones.

Sin embargo, también hay costos en la negociación que deben ser identificados, cuantificados y negociados.

Por un lado, están las listas de bienes no agrícolas que EE.UU. busca introducir en el mercado peruano con preferencias arancelarias. Hay que tomar en cuenta que el objetivo final del TLC es lograr una zona de libre comercio, sin aranceles de importación entre los países; motivo por el cual debemos identificar listas de productos, con sus respectivos niveles de sensibilidad, para presentar una propuesta negociadora que le otorgue un mayor plazo de desgravación arancelaria a los productos que producimos localmente y que requieren mejorar su competitividad.

Por otro lado, está el tema de la propiedad intelectual, donde la posición estadounidense buscará fortalecer la protección de sus patentes y una lucha frontal contra la piratería y falsificación de productos. En particular, la industria farmacéutica nacional presionará para el acceso a las patentes, a través de licencias obligatorias que le permita utilizar, preferentemente, las patentes para la producción local de medicamentos.
En general, para enfrentar el reto del TLC con EE.UU. se debe identificar la relación costo-beneficio en cada uno de los temas a negociar. Para potenciar sus beneficios en el país hay una agenda pendiente de políticas que tienen que implementarse paralelamente: reforma del Poder Judicial, reforma del Estado, política de promoción de exportaciones, política agraria, política tecnológica, programa nacional de desarrollo de infraestructura física, entre otras políticas. El reto y la tarea no son fáciles, pero es una oportunidad que no se debe dejar pasar.

TRATADO DE LIBRE COMERCIO CON CHINA

El lanzamiento de las negociaciones del TLC entre Perú y China fue llevado a cabo por los Presidentes de ambos países, Alan García y Hu Jintao, en setiembre de 2007 en Sydney, Australia, luego de la finalización del Estudio Conjunto de Factibilidad que fue realizado por expertos de ambos gobiernos.

Las negociaciones para un Tratado de Libre Comercio entre Perú y China se iniciaron en enero de 2008 y luego de seis rondas de negociaciones y 11 meses de trabajo profundo, los equipos negociadores llegaron a un entendimiento en los temas tratados.

Asimismo, como instrumentos separados al TLC, se ha podido negociar exitosamente un Acuerdo de Cooperación Aduanera (de gran importancia para el país, cuya negociación fue posible gracias a la intervención directa del Señor Presidente) y un Memorando de Entendimiento en Cooperación Laboral y Seguridad Social.

Con este resultado, el Perú está logrando consolidar su imagen positiva en el Este Asiático. Asimismo, este logro contribuye sustancialmente en el objetivo del Perú por convertirse en líder del Pacífico Sur y “centro de negocios” en América del Sur. Este acuerdo brinda una señal positiva que elevará el interés de capitales procedentes de China y de otros países para invertir más activamente en el Perú.

Del mismo modo, este acuerdo representa una gran oportunidad para los exportadores peruanos al permitirles ingresar en condiciones favorables al mercado chino compuesto por más de 1,300 millones de habitantes, el cual está experimentando un fuerte crecimiento económico y un incremento en su capacidad adquisitiva desde hace más de dos décadas.

Entre los productos que gozarán de un acceso preferencial al mercado chino figura una amplia gama de productos agrícolas y pesqueros entre los que se encuentran: uvas, espárragos, cítricos, pimientos, tomate, cacao, frutos secos, frejoles, alcachofas, ajos, cebollas, paltas, fresas, harina de pescado, aceite de pescado, pota, pulpos frescos, pescado congelado, langostinos, entre otros.



TRATADO DE LIBRE COMERCIO CON EE.UU

El presidente Alan García firmó en Palacio de Gobierno un decreto para que el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos entre en vigencia el 1 de febrero, luego de que el mandatario estadounidense, George W. Bush, ordenó su implementación. El mandatario señaló que con la entrada en vigor se cumple un "objetivo nacional".

"Al suscribir este decreto supremo correspondiente a la firma del presidente de los Estados Unidos (George W. Bush), cumplimos con un importantísimo objetivo nacional del país", aseveró.

Asimismo, indicó que este acuerdo comercial es un "paso decisivo" para insertar al Perú en una inmensa y casi planetaria economía que pronto se recuperará de la crisis.

OBJETIVOS DEL TLC CON EE.UU
  • Fortalecer la integración del Perú al mundo, vital para el desarrollo de una economía pequeña como la nuestra.
  • Incrementar los flujos de inversion, tanto extranjera como nacional.
  • Generar mayor eficiencia economica a traves de la asignacion mas conveniente de los factores de produccion.
  • Mejorar la calidad de vida de los peruanos
  • Precios mas bajos para los consumidores
  • Mayor variedad y calidad de productos
  • Expansion del empleo
nacional

martes, 23 de junio de 2009

SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO

¿Qué es el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo ?
El Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo es el seguro por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales creado por la Ley 26790 (de Modernización de la Seguridad Social en Salud) que reemplaza al seguro por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (SEGATEP) de la Ley 18846 (derogada) que amparaba exclusivamente a los trabajadores obreros y era administrado por el IPSS, ahora EsSalud.

¿Quiénes están amparados bajo éste seguro ?
Están amparados bajo el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo la totalidad de trabajadores del centro de trabajo de riesgo, determinado como tal por ley, en el cual se desarrollan las actividades de riesgo, sean empleados u obreros, temporales o permanentes.

¿Cómo considera la ley a un centro de trabajo ?
Se considera centro de trabajo de riesgo al establecimiento de la entidad empleadora en el que se ubican las unidades de producción en las que se realizan las actividades de riesgo (inherentes a las actividades descritas en el anexo N° 5 del Decreto Supremo N° 009-97-SA). Incluye a las unidades administrativas y de servicios que, por su proximidad a las unidades de producción, exponen al personal al riesgo de accidentes de trabajo o enfermedad profesional.

Actividades comprendidas dentro del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo

Todas las empresas que desarrollan alguna de las actividades indicadas a continuación están obligadas a contar con este seguro:

  • Pesca
  • Producción de Petróleo Crudo y Gas Natural
  • Extracción de Minerales Metálicos
  • Extracción de Otros Minerales (No metálicos)
  • Elaboración de Productos del Tabaco
  • Fabricación de Textiles
  • Industrias del Cuero y Afines
  • Industrias de Madera, Productos de Madera y Corcho
  • Fabricación de Otros Productos Químicos
  • Fabricación de Sustancias Químicas Industriales 2
  • Construcción 3
  • Refinerías de Petróleo
  • Fabricación de Productos derivados del Petróleo y Carbón
  • Fabricación de Productos Plásticos
  • Fabricación de Vidrio y Productos de Vidrio
  • Periodistas y Camarografía
  • Fabricación de Otros Productos Minerales No Metales
  • Industria Básica de Hierro y Acero
  • Fabricación de Productos Metálicos 3
  • Construcción de Maquinarias
  • Electricidad, gas y vapor
  • Transporte Aéreo
  • Servicios Odontológicos, Sanitarios y Veterinaria


APORTACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL

DEFINICION.-Son las contribuciones establecidas en la ley a cargo de personas, cuyo pago lo hace el Estado para cumplir con las obligaciones fijadas por la ley por servicios de seguridad social proporcionados por el mismo Estado.

¿Cómo puedo estar siempre al día en mis aportaciones?

Además de poder abonar sus aportaciones en nuestras oficinas, podrá hacerlo mediante otros sistemas como:

  • Aportaciones anuales: Un nuevo concepto: Con sólo US$ 24 pague sus Aportaciones Anuales y disfrute de todas las ventajas que le ofrece la Cooperativa Pacífico.
  • Débito automático de su cuenta Paciahorros: Firme un formato de autorización de Retiro automático para abono en su Cuenta de Aportaciones y no se vuelva a preocupar del pago de Aportaciones.
  • P@cinet: Pague sus Aportaciones desde su computadora a la hora y día que lo desee. Si no tiene su Clave de acceso solicítela en nuestras oficinas.

¿Qué beneficios obtengo al estar al día en mis Aportaciones?

Sólo los socios que se encuentran al día en Aportaciones pueden solicitar o avalar créditos, además, de acuerdo al monto de sus Aportaciones, usted puede obtener préstamos con tasas preferenciales. Asímismo, es necesario estar al día para patrocinar el ingreso de algún socios nuevo.

Estando al día usted podrá participar gratuitamente en Grandes Sorteos, Clases de Cocina, Conferencias, etc.

Al retirarme de socio ¿qué sucede con mis aportaciones?

Cuando usted se retira como socio, se le devuelve íntegramente lo acumulado en dicha cuenta.

SISTEMA NACIONAL DE PENSIONES

El Sistema Nacional de Pensiones del Perú (SNP) se creó en 1973 durante el Gobierno del General Juan Velasco Alvarado mediante el Decreto Ley 19990. El SNP consolida en uno solo los regímenes de pensiones que existían anteriormente: la Caja Nacional del Seguro, el Seguro Social del Empleado y el Fondo Especial de Jubilación de Empleados Particulares, a los cuales deroga.

DEFINICIÓN.- Son instituciones que se encargan de la administracion de los fondos de pensiones y se sustentan en cuentas individuales, las que se encuentran conformadas por los aportes que realiza el trabajador activo, estos se registran en una cuenta personal denominada cuenta individual de capitalización (CIC), tanto para aportes obligatorios como voluntarios, así como otorgar las prestaciones a los trabajadores que aporten a su cuenta individual de capitalización.

CARACTERÍSTICAS

De conformidad con lo establecido por el artículo 95º del Reglamento[3], los establecimientos que mantenga una AFP para atender al público, en general, deberán tener las siguientes características:

o Capitalización Individual: El afiliado a lo largo de su vida laboral aporta los recursos que servirán directamente para el pago de su pensión, los cuales siempre permanecen en una cuenta pers0nal para cada trabajador.

o Libertad: El afiliado es libre de escoger si desea afiliarse al sistema, escoger la AFP que desea que administre sus fondos, elegir la forma de percibir las prestaciones y traspasarse de una AFP a otra.

o Participación Activa: El trabajador debe verificar que sus aportes se realicen adecuadamente, contribuyendo de esta forma al funcionamiento eficiente del sistema.

o Transparencia: El afiliado recibe informacion permanente y oportuna del destino de sus aportes y el rendimiento que obtienen.

o Competencia: La busqueda de eficiencia por parte de las AFP, les permite mejorar la calidad del servicio ofrecido a sus afiliados y el nivel de rentabilidad obtenido por sus inversiones.

o Fiscalización: El sistema cuenta con una entidad reguladora, que supervisa su correcto funcionamiento y regula su operatividad.


lunes, 22 de junio de 2009

SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES
El Sistema Privado de Pensiones fue creado en diciembre de 1992 y tomó como modelo al modelo chileno de capitalización individual. El sistema se sustenta en cuentas individuales, las que se encuentran conformadas por los aportes del trabajador activo y el rendimiento obtenido por la inversión de los recursos.

La pensión de jubilación del trabajador se encuentra determinada por el valor de la cuenta individual en el momento de jubilación y está directamente relacionada con el monto de sus aportaciones y la rentabilidad de las inversiones del fondo.

Prestaciones que otorga
El Sistema Privado de Pensiones otorga prestaciones de jubilación, invalidez, sobreviviencia y gastos de sepelio.

· Pensiones de Jubilación
Los afiliados alcanzan la jubilación a los 65 años de edad o anticipadamente. La jubilación anticipada es posible si el valor de la cuenta acumulada por el afiliado es suficiente para que obtenga una pensión igual o superior al 50% del promedio de sus remuneraciones en los últimos 12 meses.

· Pensiones de Invalidez, Sobrevivencia y Gastos de Sepelio
Los riesgos de invalidez, sobreviviencia y sepelio son administrados por las AFP o por compañías de seguros. En caso que la AFP opte por la administración directa de los riesgos, debe constituir un fondo complementario, conformado por los aportes que realicen los afiliados para estos fines. De no ser así, esta función la realizará la compañía de seguros contratada directamente por la AFP.

Incorporación al Sistema Privado de Pensiones
La incorporación al Sistema Privado de Pensiones se efectúa a través de la afiliación a una AFP. La afiliación es voluntaria tanto para los trabajadores dependientes o independientes.

La relación entre las AFP y sus afiliados se rige por lo estipulado en los respectivos contratos de afiliación, que son contratos de adhesión, cuyos formatos han sido previamente aprobados por la Superintendencia de Banca y Seguros.

Aportes
Los aportes se encuentran conformados de la siguiente manera:
· Cuenta Individual de Capitalización. Se encuentra a cargo del asegurado y asciende al 8% de la remuneración asegurable.
· Prima de Seguro de Invalidez, Sobreviviencia y Gastos de Sepelio. También a cargo del asegurado. Su importe es variable.
· Comisión Porcentual. Su importe es variable y se encuentra comprendida dentro del monto que aporta el asegurado.

Adicionalmente pueden darse aportes voluntarios, los que pueden encontrarse a cargo del asegurado o del empleador.

Si el asegurado es dependiente, le corresponde al empleador actuar como agente retenedor y debe abonar los aportes dentro de los primeros cinco días del mes siguiente al mes en que se devengaron las remuneraciones asegurables.

Si el trabajador es independiente, es el propio afiliado quien debe realizar las aportaciones en el plazo establecido de común acuerdo entre la AFP y el asegurado.

martes, 16 de junio de 2009

StEpHaNy

Stephany Correa Paredes